El Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto, del que depende esta localidad, promueve la infraestructura para dotar al núcleo de población del adecuado sistema de tratamiento de sus aguas residuales, antes de su vertido al río Duratón. La actuación contempla la ejecución del colector de conexión a la red existente.
La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Segovia ha mantenido esta mañana reunión por videoconferencia, presidida por la secretaria territorial de la Delegación, Ana Isabel Fuente, y, entre otros asuntos, ha autorizado el uso excepcional de suelo rústico para la construcción del colector y estación depuradora de aguas residuales que promueve el Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto en Siguero, uno de sus núcleos dependientes.
En la actualidad, Siguero no dispone de sistema de tratamiento de sus aguas residuales, por tanto, no tiene capacidad para alcanzar los parámetros de calidad exigidos para el vertido de aguas. El proyecto de construcción de una EDAR tiene el objetivo de depurar las aguas residuales de Siguero hasta unos niveles asumibles por el río Duratón, al que vierten, teniendo en cuenta los caudales estacionales y sus cargas correspondientes. Este río tiene unas oscilaciones de caudal muy grandes en toda su longitud, pero más en este punto de vertido en el que la cuenca es aún muy pequeña. El proyecto contempla también la construcción del colector de conexión de la depuradora a la red existente.
Entre otros asuntos tratados también en la reunión de hoy, la Comisión ha autorizado el uso excepcional de suelo rústico para la construcción de una pista de pádel en Aldea Real. El Ayuntamiento del municipio promueve esta instalación deportiva en una parcela de propiedad municipal, que alberga ya una pista de futbol sala y junto a la que existe un parque, con lo que se conseguirá relacionar los espacios y centralizar las actividades en un lugar concreto de la localidad.
La autorización de la Comisión establece como condición que en el caso de que las paredes laterales de la pista de pádel sean de vidrio u otro material transparente, se deberán utilizar medidas correctoras que eviten la colisión de pequeñas aves contra las mismas. Pueden colocarse vinilos con siluetas u otros elementos visibles siempre que entre ellos no haya un espacio superior a 8 centímetros; o redes de nylon de 4,5 mm y tamaño de malla de 10 x 10, colocada a lo largo de toda la pared.
Por último, de otros asuntos del orden del día, cabe destacar la autorización de uso de suelo rústico para un proyecto de transformación e infraestructura vinícola en una bodega de la Denominación de Origen Rueda en Aldehuela del Codonal. El proyecto consiste en la ejecución de una edificación de 1.281,06 metros cuadrados destinada a elaboración de vino, con una capacidad de 300.000 a 350.000 kilos de uva por campaña, y cuyo programa comprende tanto área técnica como de oficinas.
En concreto, el producto a obtener es vino blanco a partir de las variedades de uvas blancas aprobadas en el Reglamento de la DO Rueda, principalmente de la variedad verdejo. Su ubicación en suelo rústico está justificada, entre otros aspectos, por la proximidad a la explotación de viñedos, contigua a la parcela en la que se ejecutará la construcción.
Autorizaciones para proyectos de interconexión de fibra óptica
En la reunión de hoy, se ha autorizado el uso excepcional de suelo rústico para tres proyectos de interconexión de fibra óptica cuyo trazado afecta a cinco municipios de Segovia. Las actuaciones autorizadas se engloban en el proyecto de extensión de banda ancha de nueva generación y persiguen reforzar la cobertura de este servicio en las áreas rurales y menos pobladas de la provincia.
De los proyectos autorizados, uno corresponde al plan de despliegue de enlace con fibra óptica entre las localidades de Navalmanzano y Pinarejos. Los otros dos proyectos se refieren a la migración tecnológica de la red de cobre a una nueva red de fibra óptica para el servicio de telecomunicaciones y su trazado afecta a los municipios de Vallelado, Fresno de Cantespino y Riaguas de San Bartolomé.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, las redes públicas de comunicaciones electrónicas y recursos asociados coadyuvan a la consecución de un fin de interés general, constituyen equipamiento de carácter básico y su previsión en los instrumentos de planeamiento urbanístico tiene el carácter de determinaciones estructurantes. Su instalación y despliegue constituyen obras de interés general.